Ante la pregunta planteada la respuesta es sí, se puede desheredar a un hijo.
Dicho esto, a continuación, vamos a ver tanto los requisitos para poder desheredar a un hijo como las causas legales para poder hacerlo.
La legítima
Como se ha dicho, se puede desheredar a un hijo que es heredero forzoso y dejarle sin legítima, que recordemos que es “la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos”.
Pero ¿quiénes son herederos forzosos?
1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código, es decir, no separado judicialmente o de hecho.
Sin entrar en el reparto de la legítima en función de con quién concurran los distintos herederos forzosos, es importante tener presente que la herencia se divide en varias partes y que una de ellas es la legítima, la parte que la persona testadora solo puede dejar a las personas mencionadas.
¿Cómo se puede desheredar a un hijo?
Para comprender cómo se puede desheredar a un hijo, hay que conocer las causas de desheredación establecidas en el Código Civil. Y es que este cuerpo legal deja muy claras una serie de causas genéricas y específicas para poder dejar al descendiente sin herencia.
¿Cuáles son las causas genéricas?
El Código Civil establece que es posible desheredar a un hijo cuando:
1º Haya sido condenado por denuncia falsa por haber acusado al testador de un delito señalado con pena grave.
2º Exista condena en juicio por haber intentado obrar contra la vida del testador, de su cónyuge o de sus descendientes o ascendientes.
3º Tenga una condena por otros delitos cometidos contra el causante, su cónyuge o contra alguno de sus descendientes o ascendientes.
Se incluyen aquí los delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual; así como aquellos contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada.
Incluso, la privación por resolución firme de la patria potestad, remoción de la tutela o acogimiento familiar de un menor o del ejercicio de la curatela de una persona con discapacidad por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo.
4º Haya intentado obligar al testador a modificar el testamento o a realizarlo bajo violencia, amenazas o fraude.
5º No haya permitido, bajo violencia, amenazas o fraude, hacer testamento o revocar el que tuviese hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.
6º Por no haber denunciado, el hijo heredero mayor de edad, la muerte violenta del testador aun sabiéndolo y exista la obligación de acusar. Es una causa de desheredación a posteriori, es decir, tras el fallecimiento.
7º Por último, que tratándose de la sucesión de una persona con discapacidad, el hijo con derecho a la herencia no le haya prestado las atenciones debidas.
¿Cuáles son las causas específicas?
Además de las anteriores, existen una serie de causas específicas para poder desheredar a un hijo:
- La negativa, sin motivo legítimo, a proporcionar alimentos al padre/madre o ascendiente que le deshereda.
- El maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al ascendiente que deshereda. Por ejemplo, el maltrato psicológico o el propio abandono.
Sobre esto último, es importante traer a colación la Sentencia del Tribunal Supremo, de 30 de enero de 2015, por la cual se establece que el abandono es causa para poder desheredar a un hijo, ya que se encuadra dentro del maltrato psicológico.
Requisitos para poder desheredar a un hijo
Finalmente, vamos a conocer los requisitos existentes para poder desheredar a un descendiente, regulados en el Código Civil, concretamente, en los artículos. 848 a 851:
- La obligación de que la causa de desheredación esté establecida en el testamento de la persona fallecida.
- Que, además, la desheredación de un hijo concreto esté basada en alguna de las causas tasadas por la ley.
- Que dicha causa sea cierta, puesto que cabe prueba en contrario.
Por lo anterior, concluimos que se puede desheredar a un hijo siempre que se cumplan con las causas y requisitos que hemos visto, aunque cabe reconciliación y, por lo tanto, que quede sin efectos. ¿Quieres saber más sobre el derecho sucesorio?
Bibliografía
Biblioteca jurídica BOE
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/index.php?tipo=L&modo=2
Consejo General del Poder Judicial - CENDOJ
https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
Diccionario Jurídico
https://dpej.rae.es/
Tribuna INEAF
https://www.ineaf.es/tribuna/
Código Civil
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
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