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Modelo 180; ¿En qué consiste? ¿Cómo presentarlo?

Modelo 180; ¿En qué consiste? ¿Cómo presentarlo? Son retenciones e ingresos a cuenta y rendimientos del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

¿En qué consiste?

El Modelo 180 es el resumen anual de los rendimientos procedentes de determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo para la presentación de este modelo está comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año. La periodicidad de este impuesto es anual.

En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.

¿Para qué sirve?

Se corresponde con los rendimientos o retenciones ingresadas o declaradas en las correspondientes declaraciones mensuales o trimestrales del modelo 115.

Sirve para certificar las retenciones e ingresos a cuenta de los contribuyentes del Impuesto sobre:

La Renta de las Personas Físicas.
Sociedades.
La Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).

En este modelo se recopila la información que previamente se ha declarado trimestralmente en el modelo 115. Todas las personas o entidades obligadas a presentar el modelo 115 también deben presentar el modelo 180. Por ello, las declaraciones trimestrales deben coincidir con la declaración anual.

¿Cómo presentar el modelo 180?

El modelo 180 es una declaración informativa anual.

Para evitar problemas a la hora de cumplimentar el modelo 180, los arrendatarios que alquilen varios inmuebles a un único arrendador deben exigir el desglose de la parte del precio total que corresponde a cada uno de ellos, ya que, en caso contrario, tendrán que realizar una estimación de la parte de la base de retención correspondiente a cada inmueble a partir del precio de mercado del arrendamiento independiente, basándose en un inmueble con características similares.

¿Qué se debe declarar en el modelo 180 si se es arrendatario únicamente de una parte de un inmueble que cuenta con una referencia catastral única, existiendo otros arrendatarios de este?

En el supuesto indicado, cada arrendatario deberá incluir en el modelo 180 la referencia catastral del inmueble que arriende, con independencia de que sea objeto de otros contratos de arrendamiento con diferentes arrendatarios.

Recordemos que es obligatorio presentar el modelo 180 como declaración complementaria si se tienen que incluir percepciones que no se han consignado anteriormente. La declaración sustitutiva se debe presentar para anular o sustituir una declaración anterior concerniente al mismo periodo.

Categorizado en: Jurídico

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