Esta ley General de Telecomunicaciones establece las bases para asegurar que la extensión de las redes de nueva generación es correcta. Y ésta se lleva a cabo conforme a los principios de fomento de la inversión e impulso de la competencia, garantizando un marco regulatorio claro y estable, que ha proporcionado seguridad jurídica y ha eliminado barreras que dificultan el despliegue de redes.
Estructura de la Ley General de Telecomunicaciones
La norma establece unas disposiciones generales, así como el régimen general de suministro de redes y prestación de servicios. Determina las obligaciones de servicio público y derechos y obligaciones de carácter público en la instalación y explotación de redes. Hay referencia también a los equipos de telecomunicación. Se regulan las administraciones tanto del dominio público radioeléctrico como de las telecomunicaciones. Se destina un apartado a regular las tasas en materia de telecomunicaciones. Otro de sus apartados es el de inspección y régimen sancionador y finalmente las disposiciones adicionales.
Incorporación de novedades
La norma introduce nuevas medidas para incentivar e impulsar aún más las inversiones en el sector de las telecomunicaciones.
Mejoras para facilitar el despliegue de las redes de muy alta capacidad como:
- Una regulación más flexible para los acuerdos de co-inversión entre operadores.
- Impulso a la compartición de infraestructuras pasivas.
- Posibilidad de desplegar estaciones base de baja potencia.
- Establece que la portabilidad deberá realizarse en el plazo de un día laborable y mejora el acceso a los servicios de telecomunicaciones para personas con discapacidad o con necesidades sociales especiales.
Se introduce en la Ley, también, la denominada Caja de Herramientas de Conectividad de la Unión Europea. Permite, entre otras cosas, una mayor comunicación entre las administraciones estableciendo un punto único de información y tramitación de permisos.
Vigencia
La presente norma entró en vigor el 30 de junio de 2022. El derecho de los usuarios finales a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial contemplado en el art. 66.1.b) entrará en vigor en el plazo de un año a contar desde la publicación de la presente ley en el «Boletín Oficial del Estado»
Mejoras para los usuarios
Se mejora la transparencia de los contratos:
- Deberán incluir las condiciones detalladas con carácter previo a la contratación.
- Su duración máxima se limita a 24 meses.
- El usuario podrá prorrogar el contrato o cambiar de operador sin penalización.
En el ámbito de la portabilidad, también se introducen nuevos derechos en beneficio de los usuarios, tales como la capacidad de desbloquear la tarjeta móvil para facilitar el cambio de operador; conservar el saldo prepago; mantener el número un mes después de la resolución del contrato y el derecho al reenvío gratuito de correos electrónicos o al acceso a los mismos una vez rescindido el contrato.
Principales modificaciones
Se ha publicado en el BOE la nueva Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones ("LGT"), que sustituye a la Ley 9/2014 hasta ahora vigente.
La norma, que transpone el Código de Comunicaciones Electrónicas de la UE, introduce novedades de interés para el sector y, entre ellas, una nueva clasificación de los servicios de comunicaciones electrónicas, la creación de un punto único para la información y tramitación de permisos para el despliegue de redes, el refuerzo de los derechos de los usuarios, así como la optimización de la tramitación de la tasa general de operadores.
La Ley establece también que se protegerá de forma más eficaz los datos de carácter personal de los usuarios. La información dada al usuario sobre los programas informáticos o archivos ('Cookies') será mayor.
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