La justicia es un valor que nos ha ayudado a mantener la armonía entre los habitantes de este mundo. Y es el Presidente del Tribunal Supremo el encargado de que se cumpla. En la actualidad, consideramos ciertos casos en los que demandamos que se imparta mucha más justicia de la que realmente se aplica, incluso, vemos actos o hechos que consideramos como injustos. Pero nadie puede dudar, que sin la justicia; el mundo en el que vivimos, no sería tal y como lo conocemos ahora. Gracias al Tribunal Supremo entre otros, que imparten justicia o tratan de realizarlo a diario en nuestra sociedad.
Podemos definir la justicia como aquel conjunto de pautas y criterios, que establecen un marco adecuado para las relaciones entre las personas e instituciones. Y el principal órgano jurídico de España es denominado como Tribunal Supremo. Este organismo jurisdiccional recoge todas las órdenes (civil, penal, contencioso, administrativo y social). Salvo lo dispuesto en materia de garantías y derechos constituciones, cuya competencia corresponde al tribunal constitucional.
Fue creado en 1812 durante las "Cortes de Cádiz". Uno de los hitos históricos más importante de nuestro país, debido a la incidencia que han tenido sobre las siguientes constituciones que se han creado en nuestro país.
¿Cómo se elige al Presidente?
Según el artículo 586 que se recoge en Boletín Oficial del Estado. Establece las siguientes condiciones para ser elegido como presidente del Tribunal Supremo:
- Para ser elegido Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, es necesario ser miembro de la carrera judicial con la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo. O bien ser un jurista de reconocida competencia con más de veinticinco años de antigüedad en el ejercicio de su profesión.
- Durante la constitutiva del Consejo General del Poder Judicial. Deberá de presentare y hacerse públicas las diferentes candidaturas, sin que cada Vocal pueda proponer más de un nombre.
- La elección tendrá lugar en una sesión a celebrar entre tres y siete días mas tarde. Siendo elegido quien en votación nominal obtenga el apoyo de la mayoría de tres quintos de los miembros del pleno. Si en una primera votación ninguno de los candidatos resulta elegido. Se procederá a una segunda votación entre los dos candidatos más votados. Resultando elegido el candidato con una mayor cantidad de votos.
- El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey mediante Real Decreto refrendado por el Presidente del Gobierno.
- El Presidente del Tribunal Supremo prestará juramento o promesa ante el Rey y tomará posesión de su cargo ante el Pleno de dicho Alto Tribunal.
¿ Cuáles son las funciones del Presidente del Tribunal Supremo?
Las funciones en el Tribunal Supremo, al margen de las que le corresponden como presidente del Consejo General del Poder Judicial. Están definidas en el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sus funciones son las siguientes:
- Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de la Sala de Gobierno.
- Fijar el orden del día de las sesiones de la Sala de Gobierno.
- Someter cuanta propuestas considere oportunas en materia de competencia de la Sala de Gobierno.
- Autorizar con su firma los acuerdos de la Sala de gobierno y velar por su cumplimiento.
- Vigilar que se están cumpliendo las medidas adoptadas por la Sala de Gobierno.
- Tramitar los informes que le pida el Consejo General del Poder Judicial.
- Dirigir la inspección de los Juzgados y Tribunales en los términos establecidos en esta ley.
- Determinar el reparto de asuntos entre las salas del Tribual y presidir diariamente la reunión de los presidentes de Salas y Magistrados.
- Ejercer todos los poderes dirigidos al buen orden del Tribunal o Audiencia.
- Comunicar al consejo general las vacantes judiciales y las plazas vacantes del personal auxiliar.
- Oír las quejas que surjan durante los pleitos y las demás funciones previstas en la "Ley".
El Impuesto sobre las hipotecas. La decisión reciente, más debatida.
La firma de hipotecas es un acto jurídico completo en el que intervienen múltiples sujetos: el prestador, que suele ser un banco, el prestatario, que es el comprador de la vivienda, el notario que certifica el acuerdo e incluso los tasadores, que son los encargados de determinar el valor monetario de la vivencia. Al aparecer un gran número de sujetos, puede que se incurra en unos costes adicionales para la tramitación de la compra de la vivienda. Y recientemente, se han tomado una de las medidas más criticadas por parte del Tribunal Supremo. La totalidad de estos pagos o comisiones, deben asumirlos las entidades financieras.
Los aspectos claves que debía resolver el Tribunal eran los siguientes: quien debe de pagar, la retroactividad de la sentencia y a quien reclamar. En relación a la primera cuestión el Tribunal Supremo debería decidir quién debería de pagar el impuesto de las hipotecas. Si se establecía esta medida, los bancos deberían de pagar un impuesto que varía entre el 0,5% y el 1,5% en función de donde se firme la hipoteca. Pero los bancos afirmaban que las hipotecas se encarecerían ya que tendrían que hacer frente a un nuevo coste. Así, repercutirán al cliente ese coste en otros conceptos como la entrada u otro tipo de comisión.
Respecto a la retroactividad, existen tres posibles necesarios: que se aplique a partir de ahora, que se fije en los cuatros últimos años; o que se remonte incluso más, como hasta los quince años que diga la prescripción de deudas. La última cuestión clave hace básicamente referencia a quien se debe reclamar y dependerá de todo lo mencionado anteriormente.
Tras numerosas reuniones y dudas del Tribunal Supremo, el Gobierno de Pedro Sánchez aprobó un Real Decreto (decisión del Consejo de Ministros), el cual sometía a las entidades financieras a pagar los impuestos sobre las hipotecas.
Una democracia de calidad
Para que dispongamos de una democracia con un nivel alto de calidad, es necesario que los miembros de la sociedad confíen en las diversas instituciones que la sustenta. Por este motivo, todos los ciudadanos/as de nuestro país debe de confiar en el Tribunal Supremo y los demás organismos jurisdiccionales. Este organismo trata de proteger a los ciudadanos de los errores y abusos de los poderes ejecutivos y legislativos del Estado, además de la lucha contra la corrupción política. Hecho que en España por desgracia, está abarcando la mayoría de medios de comunicación con un escándalo tras otro.
Todos los ciudadanos/as demandados la justicia como principal soporte de nuestra sociedad. Una sociedad sin justicia no sería ni imaginable. El Tribunal Supremo debe de mejorar, no es perfecto. Lamentablemente, nos encontramos ante una justicia lenta, politizada, antigua y cuyas mejoras son lentas. Por esto, los miembros de la sociedad deben de demandar una mejor justicia y mostrar su descontento con los hechos que están ocurriendo en el país. Quizás como ciudadanos/as no valoramos de la mejor manera nuestra justicia, pero lo que resulta claro, es que la justicia es vital y nos ayuda a tener una democracia de calidad.
El derecho jurídico es una ciencia muy interesante. Gracias a las acciones formativas que le planteamos en INESEM, podrá disfrutar de la justicia desde el ámbito especializado que desee. Le recomiendo visitar nuestra página web si se encuentra interesado/a en esta temática. Porque la justicia es la verdad en acción.
Categorizado en:
Jurídico