En el marco de la Seguridad y Salud Laboral, en algunas ocasiones y durante el desempeño de nuestro trabajo, nos encontraremos con dos conceptos que suelen ir unidos, que suelen ser complementarios, pero que no deben considerarse como equivalentes. Nos referimos a los conceptos de trabajador cualificado y de trabajador autorizado. ¿Quieres conocer cuáles son las diferencias entre trabajador autorizado y cualificado? ¡Vamos!
A priori y desde el punto de vista técnico, la diferenciación es clara y fácil de entender. En Prevención de Riesgos Laborales consideramos trabajador cualificado como aquel que posee conocimientos especializados en una determinada materia, debido a su formación acreditada o a una determinada experiencia profesional certificada. Por otra parte, consideramos como trabajador autorizado, como aquel que ha sido debidamente autorizado por el empresario o los órganos de dirección de la empresa, para la realización de terminados trabajos, en función de su capacidad para realizar los trabajos de forma correcta y siguiendo los procedimientos establecidos.
Trabajos con riesgo eléctrico
Se puede encontrar esta terminología en numerosos entornos laborales, y cada vez en mayor medida. Hace unos años no era tan frecuente como hoy día encontrar procedimientos de autorización y permisos de trabajo para trabajadores, en los que se especifique su cualificación y además su autorización para desarrollar un determinado trabajo. Este tipo de procedimientos como decimos se han extendido bastante en el entorno empresarial, pero tradicionalmente es algo que se había dado en una serie de trabajos muy concretos. Nosotros vamos a centrarnos en uno de esos trabajos particulares, en el que la diferenciación entre trabajador cualificado y autorizado se hace por imposición legislativa y además tiene unos matices muy interesantes. Hablamos de los trabajos con presencia de riesgo eléctrico.
En el caso concreto de los trabajos con riesgo eléctrico, debemos acudir al Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Además de este Real Decreto, debemos contemplar también la Guía Técnica para la evaluación y prevención del Riesgo Eléctrico del INSST que lo desarrolla y clarifica.
¿Qué es un trabajador autorizado?
En este Real Decreto y en la guía se entiende como trabajador autorizado (o empleado autorizado), como aquel que cuenta con la autorización expresa del empresario (por escrito por supuesto) para poder realizar un determinado trabajo. El trabajador autorizado debe haber recibido la formación e información teórica y práctica necesaria en materia de Seguridad y Salud Laboral, establecida en los artículos 18 y 19 de la Ley de PRL. Sin embargo, para ciertos trabajos, el trabajador autorizado no necesariamente debe ser un trabajador cualificado. Basta con que tenga la formación en PRL y la autorización adecuada, siendo esta última la que realmente permite que el trabajador realice el trabajo.
Trabajos más comunes realizados por trabajadores autorizados
Los trabajadores autorizados pueden realizar, aunque no sean trabajadores cualificados, las siguientes actividades:
- Operaciones para dejar sin tensión instalaciones de baja tensión.
- Reposición de fusibles en instalaciones de baja tensión.
- Maniobras en alta y baja tensión (según el anexo IV del Real Decreto 614/2001).
- Mediciones, ensayos y verificaciones en instalaciones de baja tensión.
- Trabajos en proximidad de elementos en tensión (alta y baja tensión).
- Evaluación de viabilidad para trabajos en proximidad a elementos en tensión en baja tensión.
- Vigilancia del cumplimiento de medidas de seguridad en trabajos de proximidad.
- Trabajos en instalaciones eléctricas en entornos con riesgo de incendio.
(Los procedimientos técnicos y condiciones de seguridad para estos trabajos están especificados en los anexos II, III, IV y V del Real Decreto 614/2001).
Según el Real Decreto y la guía técnica, la autorización del trabajador autorizado debe renovarse en los siguientes casos:
- El procedimiento de trabajo haya cambiado de manera significativa.
- El trabajador no haya realizado el trabajo para el que se requiere la autorización en el año anterior.
¿Qué es un trabajador cualificado?
Por otro lado, el mismo Real Decreto establece que un trabajador cualificado es un trabajador autorizado que posee conocimientos especializados en instalaciones eléctricas. Estos conocimientos pueden adquirirse mediante una formación acreditada (como un Grado Superior en Electricidad y Electrónica), estudios universitarios, o una experiencia certificada de al menos dos años. Es importante señalar que, aunque cada vez es menos común encontrar trabajadores con experiencia sin formación específica, esto puede suceder. En cualquier caso, se exige que dicha experiencia laboral esté directamente relacionada con el tipo de instalación sobre la que se va a trabajar.
Trabajador autorizado y cualificado, en común
Podemos observar que la definición de trabajador cualificado incluye la referencia al trabajador autorizado. Una vez más nos encontramos frente a la circunstancia en la que la cualificación no es suficiente para poder desarrollar un trabajo con presencia de riesgo eléctrico, sino que además es necesaria la autorización por el empresario para poder hacerlo. Es importante resaltar que además de la cualificación técnica en materia eléctrica, deben también recibir la formación e información en materia de Seguridad y Salud Laboral relativa a su trabajo, tal y como establecen los artículos 18 y 19 de la Ley 31/1995 de PRL.
La exigencia de la cualificación (además de la autorización) se relaciona con la realización de trabajos con una mayor peligrosidad. Estos trabajos suelen estar relacionados con Alta tensión o con el seguimiento de un protocolo de trabajo específico como es el caso de los trabajos en ATEX (atmósfera explosiva). En esencia un trabajador cualificado puede realizar los mismos trabajos que un trabajador autorizado y además puede desarrollar los siguientes:
- Operaciones y maniobras para suprimir y reponer tensión en instalaciones de AT (según Anexo II del RD 614/2001).
- Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones en instalaciones de AT (según Anexo IV del RD 614/2001).
- Reposición de fusibles en tensión en AT, aplicando siempre el método de trabajo a distancia
(Los procedimientos técnicos y las condiciones de seguridad para llevar a cabo estos trabajos, se especifican en los anexos II, III y IV del Real Decreto 614/2001).
A modo de conclusión
Para concluir, hay que mencionar la figura del Jefe de trabajo, que es la persona que asume la responsabilidad operativa de los trabajos (habiendo sido designada previamente por parte de la dirección de la empresa). El Real Decreto y la guía técnica, no definen ningún tipo de cualificación o competencia especial para esta figura, lo que único que establece es que el Jefe de trabajo sea un trabajador cualificado.
¿Quieres conocer más sobre este tema? No te pierdas el Máster en Sistemas Integrados de Gestión (Calidad, Medioambiente y Prevención de Riesgos Laborales) + 10 Créditos ECTS, de INESEM.
Categorizado en:
Gestión Integrada