Para entender correctamente la forma en la que se hace la clasificación de los riesgos laborales en nuestro país, hay que acudir a la Ley 31/1995 de PRL y relacionar dos conceptos definidos por esta. El primero obviamente es el de riesgo laboral y el segundo es el de condiciones de trabajo. La combinación de ambos ha configurado la tradicional clasificación técnica que hacemos de los riesgos relacionados con la seguridad y salud laboral.
La Ley 31/1995, define riesgo laboral como "la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo". Por otra parte, en el mismo artículo 4, se define condición de trabajo como "cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador". Es decir, las condiciones de trabajo, serían todo aquel conjunto de variables que determinan la realización de una tarea concreta y el entorno en que ésta se realiza. En definitiva, son estas variables, las que van a influir sobre la salud del trabajador desde el punto de vista de la definición que la OMS hace de ella.
Las distintas categorías o clasificación de riesgos laborales
Teniendo en cuenta lo anterior, desde un punto de vista técnico, solemos clasificar los riesgos laborales en función de siete categorías distintas, que son.
- Riesgos mecánicos: son estudiados y analizados por la Seguridad Laboral y se relacionan con las condiciones de seguridad, es decir con las propias condiciones estructurales de los lugares de trabajo o con el uso de equipos de trabajo y herramientas.
- Riesgos físicos: se relacionan con los contaminantes de tipo físico presentes en los lugares de trabajo, estudiados por la Higiene Industrial.
- Riesgos químicos: como en el caso anterior se relacionan con contaminantes estudiados por la Higiene Industrial, solo que en este caso, el riesgo deriva de procesos químicos y medioambientales.
- Riesgos biológicos: igual que con los riesgos físicos y químicos, son estudiados por la Higiene Industrial, y son aquellos riesgos relacionados con los elementos biológicos que podemos encontrar en muchos lugares de trabajo.
- Riesgos ergonómicos: son objeto de estudio de la Ergonomía y se relacionan con las posiciones y las posturas de trabajo, o con las condiciones de confort, relacionadas con la iluminación y la temperatura del lugar de trabajo, por ejemplo.
- Riesgos psicosociales: estudiados por la Psicosociologia Laboral, se relacionan con aquellas situaciones que se traducen en lesiones para la salud mental de los trabajadores y que pueden derivar en daños físicos e incluso sociales. Unos altos niveles de estrés mantenidos en el tiempo o un ritmo de trabajo excesivo, son dos ejemplos de los mismos.
- Riesgos de origen natural y de origen antropogénico: sin duda son los más difíciles de analizar y de controlar, ya que se relacionan con fenómenos naturales, como las lluvias torrenciales, las inundaciones, los terremotos o incluso un temporal de viento, y también por fenómenos de origen antropogénico, relacionados con reacciones humanas ajenas e imprevisibles, como puede ser un ataque verbal o físico por parte de un cliente enfadado.
Las condiciones de trabajo
Teniendo claro lo anterior, la clasificación de los riesgos laborales, debemos volver al concepto de condiciones de trabajo. Para profundizar en este concepto, debemos tener claro que la ley entiende que estas son:
- Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo.
- La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.
- Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados.
- Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador).
Las condiciones de trabajo son un tema de interés vital, puesto que como podemos ver son la principal influencia en la generación de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Abarcan toda la serie de elementos y circunstancias que rodean la actividad laboral y que, entre otros aspectos, pueden ser los siguientes:
- Las condiciones de seguridad.
- Las condiciones materiales correspondientes a la propia realización del trabajo.
- La presencia de contaminantes en el lugar de trabajo.
- Las características de la tarea, destacando el contenido psicológico y profesional.
- Las características de la jornada de trabajo.
Independientemente de todos estos factores hay que tener en cuenta que el estudio de las condiciones de trabajo y las actuaciones encaminadas hacia su mejora, depende mucho del entorno social en el que nos encontremos, de la cultura preventiva de la empresa y de la predisposición de los trabajadores. Esto a su vez condiciona a la Administración publica, para seguir promoviendo normativas y acciones encaminadas a su estudio y mejora
Las condiciones de trabajo y la clasificación de riesgos laborales
Siguiendo el estudio y clasificación de las condiciones de trabajo, desde el punto de vista de los riesgos generados al trabajador, éstas se pueden agrupar en cuatro grupos de diferente índole, que son las condiciones de seguridad, el medioambiente de trabajo, la carga laboral (física y mental) y la organización del trabajo.
Condiciones de Seguridad
Las condiciones de seguridad laboral son todas aquellas condiciones materiales que van a tener una relación directa con la posible producción de accidentes de tipo laboral. Elementos móviles, cortantes, sometidos a tensión, combustibles, recipientes sometidos a presión, etc.
Habría que estudiar pues máquinas y herramientas, equipos de transporte, instalaciones eléctricas, sistemas contra incendios, etc. Agrupándolas en dos grandes categorías se dividirían en:
Riesgos estructurales:
- Características constructivas del centro de trabajo (resistencia de los materiales, aplicación de la normativa vigente en cuanto a obras de nueva construcción, etc.).
- Los pasillos y las superficies de tránsito.
- El espacio de trabajo.
- Escaleras, escalas, aparatos de elevación, rampas, desniveles, muelles de carga, etc.
- Instalación eléctrica.
- Instalación de gas.
- Instalaciones de prevención y protección contra incendios.
Riesgos derivados del manejo de los equipos de trabajo:
- Elementos fijos o móviles de la maquinaria.
- Manejo de vehículos.
- Manejo de herramientas.
La materialización de los riesgos derivados de las condiciones laborales pueden dar lugar a accidentes laborales relacionados con cortes, caídas, atrapamientos o electrocuciones entre otros.
Medioambiente laboral
En el medioambiente laboral, podemos encontrar tres tipos de riesgos relacionados fundamentalmente con las condiciones físicas como son las condiciones acústicas, vibraciones, iluminación, radiaciones ionizantes y no ionizantes, condiciones termohigrométricas. Pero también con las condiciones químicas o incluso biológicas, como virus y bacterias, etc. Con el objeto de establecer no solo unos niveles de exposición a estos agentes, por debajo de los cuales se pueden considerar como inofensivos para la salud de los trabajadores, sino que también permitan desarrollar las tareas de una forma eficiente sin afectar a su rendimiento. Se agrupan en las siguientes categorías:
- Físicos: como el ruido, las vibraciones, la temperatura, la humedad, la velocidad del aire o las radiaciones (ionizantes y no ionizantes)
- Químicos: pueden ser agentes químicos: corrosivos, irritantes, cancerígenos, sensibilizantes, sistémicos, etc. O bien sustancias y preparados peligrosos.
- Biológicos: como bacterias, virus, hongos, parásitos y priones.
La materialización de los riesgos derivados del medioambiente laboral pueden dar lugar a patologías tales como hipoacusia, enfermedades pulmonares, cáncer o enfermedades dérmicas, entre otras.
La carga de trabajo
La carga de trabajo se refiere a todos aquellos aspectos relacionados con las exigencias tanto de tipo físico como mental, que precisa la realización de una determinada tarea. Se pueden agrupar en dos grandes categorías de requerimientos:
- Físicos de la tarea (carga física del trabajo): como los esfuerzos y fuerzas aplicadas, las posturas de trabajo, la manipulación manual de cargas o los movimientos repetitivos.
- Mental de la tarea: como la carga de trabajo, la atención que requiera la tarea o la presión en la realización de la tarea.
La materialización de los riesgos derivados del requerimiento mental pueden dar lugar a insatisfacción laboral y a patologías como: el estrés, la depresión, la ansiedad, el insomnio o los trastornos gastrointestinales.
La organización del trabajo
La organización del trabajo tiene que ver con todos aquellos factores pertenecientes a la organización, que pueden llegar a producir unas consecuencias negativas sobre la salud del trabajador, no sólo en su aspecto físico sino también mental y en su vida social, como pueden ser:
- La distribución de tareas.
- Reparto de funciones y responsabilidades.
- Distribución horaria (trabajo nocturno, a turnos, etc.).
- Velocidad de ejecución.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajo monótono y repetitivo
La materialización de los riesgos derivados de la organización del trabajo pueden dar lugar a fatiga crónica, estrés, pérdida de atención o depresiones en casos extremos.
Por último, cabe mencionar que para un manejo sistemático de los riesgos laborales, desde el punto de vista técnico, a la hora de su tratamiento en documentos e informes técnicos, siempre debemos tener en cuenta la clasificación numérica de estos, realizada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se puede consultar a través de este enlace.
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