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ESTRELLA: IVA DE CAJA

Parece ser que por fin tendrá lugar el “derecho” al criterio de caja tan demandado por la mayoría de los empresarios.

Hasta ahora, el IVA ha sido liquidado por las empresas en el período en que la factura ha sido expedida o recibida, independientemente de que la misma haya sido o no cobrada.

El IVA, es un impuesto indirecto que recae sobre el consumidor final. En teoría, es neutro para las empresas en una operación entre dos compañías, dónde habría una empresa que compra a la otra (empresa cliente), y otra empresa, que vende (Empresa proveedor).

En este caso, la compañía cliente soporta un IVA que podrá deducirse y la empresa proveedor será quien lo ingrese en la Agencia Tributaria. El resultado fiscal de la suma siempre debería ser cero, pero si una compañía paga tarde o no paga directamente, ingresa un IVA que no ha cobrado.

Esto ha llegado a asfixiar a muchas empresas, ya que se han visto envueltas en una deuda con la Agencia Tributaria de algo que ni siquiera han cobrado, razón por la que han cerrado muchas de ellas con la crisis y por la que terminarán cerrando en este 2013 otras tantas, al no poder asumir en muchas ocasiones el pago.

Parece que se está empezando a reconocer que es aquí donde encontramos uno de los principales problemas, por lo que quizás podamos acogernos al criterio de caja (pagar el tributo cuando efectivamente se cobra la factura), eso sí, a partir de enero de 2014 y cumpliendo los siguientes requisitos:

  • No estar en régimen de módulos/estimación objetiva.
  • Facturar máximo 2.000.000 € anuales.
  • Clientes y proveedores deberán utilizarlo.
  • Mantener el criterio al menos dos años.

En mi opinión, resulta peculiar, que siendo una estrella que podría aliviar a muchos, (a quienes cumplan los limitantes), no tenga el Gobierno tanta prisa en ponerla en marcha como muchas de las medidas tomadas hasta ahora con urgente rapidez…

Muy curioso también, destacar la obligatoriedad para clientes y proveedores, lo que puede llevar a menguar la libre relación comercial, ya que puede restringir el comercio entre empresas por la adopción del criterio voluntario.

Categorizado en: Gestión Empresarial

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