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La petición de divorcio y las reacciones machistas

Durante los últimos días del año 2015 asistimos a la polémica desatada por las declaraciones hechas por el Arzobispo de Toledo, y de las que se hicieron eco distintos medios de comunicación, en las que se atribuía la culpabilidad de las reacciones machistas, a la propia mujer en su rebelión y solicitud de romper el matrimonio; y la frase de la polémica es la siguiente: «frecuentemente la reacción machista tiene su origen en que ella (la mujer) ha hecho petición de divorcio»

El machismo del código civil español de 1889

Claramente se trata de unas declaraciones desafortunadas, ya que su interpretación bien podría tratarse de un artículo, o cláusula del mismo, recogido en el Código Civil Español de 1889, como por ejemplo los recogidos en la «Sección cuarta. De los derechos y obligaciones entre marido y mujer»:

  • Art. 57: El marido debe proteger a la mujer, y ésta obedecer al marido.
  • Art. 58: La mujer está obligada a seguir a su marido donde quiera que fije su residencia. Los Tribunales, sin embargo, podrán con justa causa eximirla de esta obligación cuando el marido traslade su residencia a ultramar o a país extranjero.
  • Art. 59: El marido es el administrador de los bienes de la sociedad conyugal.
  • Art. 60: El marido es el representante de su mujer. Esta no puede, sin su licencia, comparecer en juicio por sí o por medio de Procurador.
  • Art. 61: Tampoco puede la mujer, sin licencia o poder de su marido, adquirir por oneroso ni lucrativo, enajenar sus bienes, ni obligarse, sino en los casos y con las limitaciones establecidas por la Ley.
  • Art. 62: Son nulos los actos ejecutados por la mujer contra lo dispuesto en los anteriores artículos, salvo cuando se trate de cosas que por su naturaleza estén destinadas al consumo ordinario de la familia, en cuyo caso las compras hechas por la mujer serán válidas.

Claro que esta concepción de la mujer sólo podría haber quedado instaurada y establecida en un sistema patriarcal regido y dominado por varones, donde la mujer quedaría relegada a su propiedad, y el acto de divorcio o separación no obtendría aprobación de ninguna de las maneras.

El concepto de que la mujer fue creada a partir de la costilla del hombre, puede ser malinterpretado, entendiendo a la mujer como pertenencia al marido, a través del acto del matrimonio; o bien podría entenderse dicha metáfora (y de hecho me consta que hay quien lo entiende así) de manera en que la mujer fue creada a partir de la costilla o costado del hombre, como parte de su corazón y para ser su compañera (no su pertenencia).

Lo que está claro, y resumiendo el artículo de hoy, es que, respetando los ideales de cada persona, ningún acto debe ser considerado causa justificada de la violencia machista.

Categorizado en: Educación y Sociedad

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      Comentarios

    1. Enmanuel dice:

      Siempre se ha de respetar a la mujer porque por encima de todo destaca la figura femenina de la cual todos hemos nacido. Viva la mujer!!

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