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Discapacidad e igualdad de oportunidades
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Discapacidad e igualdad de oportunidades

Con el paso de las décadas, el término discapacidad ha ido evolucionando tanto en su concepción como en su abordaje. Se ha pasado de una perspectiva negativa y asistencialista a la reivindicación de derechos y un enfoque holístico centrado en la dignidad de la persona. En este artículo, abordaremos cómo la discapacidad y la igualdad de género se interrelacionan en una realidad no tan conocida y visibilizada. Es decir, la relación entre discapacidad e igualdad de oportunidades. ¡Empezamos!

Discapacidad y paradigmas teóricos

El concepto discapacidad ha experimentado una extraordinaria evolución a lo largo de nuestra historia por la influencia de cambios políticos, culturales, médicos, etc. En esencia, pueden distinguirse 3 concepciones de tratamiento social que se han dado a las personas con discapacidad:

Modelo de prescindencia

Consideraba que el origen de la discapacidad era divino y la justificaba por causas religiosas. Teniendo en cuenta las medidas a tomar, se desarrollaron 2 submodelos; el eugenésico, que  se situaba en la antigüedad clásica, donde se aplicaron medidas eugenésicas al entender que la vida de una persona con discapacidad no merecía ser vivida. Y el submodelo de marginación, que optó por unificar a las personas con discapacidad en un grupo localizado y aislado al que se le prestaba una atención caritativa. 

Modelo médico - rehabilitador

Se caracteriza fundamentalmente en atribuir el origen de la discapacidad a causas médicas, y por tanto, se centra en desarrollar acciones que permitan que la persona se recupere y pueda desarrollar un rol productivo en la sociedad. Pone el foco en la capacidad de la persona y en lo que "no" es capaz de hacer.

Modelo social

Este modelo surge como rechazo de los dos anteriores. Pretende que se deje de justificar la discapacidad por causas religiosas o médicas, y aluda al contexto social como la verdadera causa de la discapacidad, es decir, sería el entorno quien limitaría el rol activo de la persona con discapacidad y no sus capacidades. Reivindica la dignidad de la persona y la aceptación plena de su diferencia.

Desde el FVID (Foro de Vida Independiente y Divertad) los activistas Romañach y Palacios vienen reivindicando desde 2006 la necesidad de un nuevo paradigma, el modelo de la diversidad, ya que entienden que es fundamental aceptar y validar la diversidad humana. Defienden el valor moral de todas las personas, independientemente de sus "capacidades o dis-capacidades", abogando además, por el pleno goce de derechos y libertades.

La igualdad entre mujeres y hombres con discapacidad

El reconocimiento legal de derechos de las personas con discapacidad es el resultado de décadas de lucha y reivindicación de la sociedad civil y de organizaciones, que demandaban no sólo un texto legal, sino cambios en el ideario colectivo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), basada en el concepto de dignidad universal, supuso el punto de partida hacia una nueva forma de entender y atender la discapacidad.

No obstante, y a pesar de los avances, la comunidad internacional mantuvo un enfoque médico centrándose en la prevención y la rehabilitación. No fue hasta 1982 con el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas, que no se pone el acento en la igualdad y en la plena participación de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida, sentando así las bases del modelo social. 

¿Y en España?

A nivel español, con la promulgación de la Constitución Española en 1978 se inicia una nueva etapa en el tratamiento social y jurídico de la discapacidad. Se empiezan a desarrollar políticas sociales y leyes que mejoran la calidad de vida de las personas con discapacidad y garantizan el reconocimiento pleno de sus derechos.

Todo este desarrollo se materializa en 2 normas fundamentales para nuestro país; el Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que aglutina las normativas anteriormente promulgadas. Y la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica

Mujer y discapacidad

A pesar del desarrollo normativo y las continuas campañas de visibilización y sensibilización, siguen dándose situaciones de desigualdad y discriminación hacia la mujer. El sistema patriarcal está tan arraigado y asentado que a pesar de las medidas de discriminación positiva y demás acciones implementadas, sigue existiendo una infrarrepresentación femenina en determinados puestos y sectores. 

Esta brecha de género se acentúa aún más en las mujeres con discapacidad, produciéndose lo que se conoce como la doble discriminación. En estos casos, las mujeres son marginadas por su condición de mujer y por su condición de persona con discapacidad, lo que la invisibiliza en todas las áreas de su vida. Así lo reconoce la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que refiere que las mujeres y niñas que la sufren se encuentran en peor punto de partida. 

Las mujeres con discapacidad presentan las peores cifras de desempleo, los salarios más bajos y se encuentran con más dificultades en el acceso a los servicios educativos, de salud o el uso de programas dirigidos a mujeres en general. Además, soportan una mayor discriminación social, prejuicios y estereotipos que los hombres con discapacidad.

Violencia de género en mujeres con discapacidad

En informes de la ONU, se evidencia de forma clara que la invisibilidad y normalización de la violencia de género en mujeres con discapacidad se explica por 2 razones fundamentales. Por un lado, la escasa credibilidad que suscitan los testimonios de las mujeres con discapacidad que denuncian una situación de maltrato. Por otro lado, por la tendencia de confundir actos violentos con formas legítimas de relación y trato hacia las mujeres con discapacidad.

Las mujeres con discapacidad que sufren violencia de género son las más vulnerables y las que más dificultades encuentran a la hora de denunciar. Los datos son alarmantes. Según la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer (2019), el 20% de las mujeres asesinadas por violencia de género tenían una discapacidad acreditada. 

En estos casos, el riesgo de ser víctima de violencia de género se incrementa 4 veces más que el resto de la población. El 17,2% de las mujeres con discapacidad han sido violentadas por su pareja en algún momento de su vida, frente al 13,2% de las mujeres sin discapacidad. Además, los datos reflejan que el 10,3% de las mujeres con discapacidad están más expuestas a sufrir violencia sexual fuera de la pareja frente al 6,2% de las mujeres sin discapacidad. 

Concluyendo...

La plena inclusión de las personas con discapacidad supone entender y aceptar que existen diversas formas de funcionamiento y participación en la sociedad. Es vital aplicar la normativa vigente y garantizar las mismas oportunidades en todas las facetas de la vida, y muy especialmente en las mujeres con discapacidad a fin de intervenir de forma holística en la prevención y abordaje de la violencia de género. 

Categorizado en: Educación y Sociedad

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